Gestionar la nómina en 2026 requiere especial atención debido a la concurrencia de tres hitos legales: el nuevo salario mínimo, la reducción final de la jornada laboral a 42 horas semanales y el incremento gradual del recargo dominical. En esta entrada, explicamos cómo realizar estos cálculos correctamente.
¿Qué son las horas extra?
El trabajo suplementario o de horas extras es aquel que excede la jornada ordinaria pactada entre las partes y, en todo caso, el que supera la máxima legal. Según la normativa, ningún trabajador puede laborar más de dos (2) horas extras diarias y doce (12) semanales.
En Colombia, la jornada laboral máxima es de 8 horas diarias y en 2026 de 44 a 42 horas semanales (44 horas entre el 1 de enero y el 14 de julio, 42 horas entre el 15 de julio y el 31 de diciembre conforme a la Ley 2101 de 2021).
| Hora extra | Horario de aplicación por fuera de la jornada ordinaria | Porcentaje sobre la hora ordinaria |
| Hora extra diurna | 6:00 a.m. a 7:00 p.m. | 25 % |
| Hora extra nocturna | 7:00 p.m. a 6:00 a.m. | 75 % |
| Hora extra diurna dominical o festiva | 6:00 a.m. a 7:00 p.m. | Porcentaje de hora extra diurna + recargo dominical o festivo: 105 % (desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2026), 115 % (desde el 1 de julio de 2026), 125 % (desde el 1 de julio de 2027 en adelante). |
| Hora extra nocturna dominical o festiva | 7:00 p.m. a 6:00 a.m. | Porcentaje de la hora extra nocturna + recargo dominical o festivo: 155 % (desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2026), 165 % (desde el 1 de julio de 2026), 175 % (desde el 1 de julio de 2027 en adelante). |
¿Qué son los recargos nocturnos, dominicales o festivos?
A diferencia de la hora extra, el recargo no se paga por trabajar tiempo adicional, sino por laborar en horarios o días que la ley considera de descanso o de mayor esfuerzo:
- Recargo Nocturno: Se paga por trabajar entre las 7:00 p. m. y las 6:00 a. m. del día siguiente.
- Recargo Dominical/Festivo: Se paga por laborar en días de descanso obligatorio.
¿Cómo quedan los recargos en 2026?
| Recargo | Horario de aplicación | Recargo |
| Recargo nocturno de lunes a sábado | 7:00 p.m. a 6:00 a.m. | 35% |
| Recargo dominical o festivo | 6:00 a.m. a 7:00 p.m. | 80% (desde el 1 de enero al 30 de junio de 2026). 90% (desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2026). |
| Recargo nocturno dominical o festivo | 7:00 p.m. a 6:00 a.m. | suma de los dos anteriores porcentajes. 115 % (desde el 1 de enero al 30 de junio de 2026 35% + 80%). 125 % (desde el 1 de julio al 31 de diciembre de 2026 35% + 90%). |
Cálculo de la nómina en 2026
1. Cálculo de la hora ordinaria
Para 2026, el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) es de $1.750.905. Hasta junio de 2026, con una jornada de 44 horas, se suele usar un divisor de 220 horas mensuales:
- Valor hora ordinaria (aprox.): 1.750.905÷220=7.959
Importante: A partir de julio de 2026, la jornada baja a 42 horas semanales. Esto aumenta el valor de la hora de trabajo, ya que el salario mensual no puede disminuir.
Porcentajes de horas extra y recargos (Vigentes 2026)
Hasta el 30 de junio de 2026:
Para el primer semestre del año 2026, los cálculos de nómina se basan en un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) de $1.750.905. Hasta el 30 de junio de 2026, el recargo por trabajo en días de descanso obligatorio (dominicales y festivos) se mantiene en el 80% conforme a la implementación gradual de la Ley 2466 de 2025.
Considerando una jornada laboral de 44 horas semanales vigentes en este periodo (divisor de 220 horas mensuales), el valor de la hora ordinaria es de aproximadamente $7.958.
| Hora extra o recargo | Calculo | Recargo | Total |
| Hora extra diurna | Hora ordinaria * 25% | $1.990 | $9.948 |
| Hora extra nocturna | Hora ordinaria * 75% | $5.969 | $13.927 |
| Hora extra diurna dominical o festiva | Hora ordinaria * 105% | $8.356 | $16.314 |
| Hora extra nocturna dominical o festiva | Hora ordinaria * 155% | $12.335 | $20.293 |
| Recargo nocturno | Hora ordinaria * 35% | $2.785 | $10.743 |
| Recargo dominical o festivo | Hora ordinaria * 80% | $6.366 | $14.324 |
| Recargo nocturno dominical o festivo | Hora ordinaria * 115% | $9.152 | $17.110 |
Entre el 1 y 14 de julio de 2026:
Este periodo (del 1 al 14 de julio de 2026) es un momento de transición especial en la normativa laboral colombiana. Durante estas dos semanas, el recargo por trabajo en días de descanso obligatorio (dominicales y festivos) ya se ha incrementado al 90% (según la Ley 2466 de 2025), pero la jornada laboral máxima semanal aún se mantiene en 44 horas, ya que la reducción definitiva a 42 horas entra en vigor el 15 de julio de 2026.
Para estos cálculos, se utiliza el Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (SMMLV) de $1.750.905 y un valor de hora ordinaria de $7.958 (basado en el divisor de 220 horas para una jornada de 44 horas semanales).
| Hora extra o recargo | Calculo | Recargo | Total |
| Hora extra diurna | Hora ordinaria * 25% | $1.990 | $9.948 |
| Hora extra nocturna | Hora ordinaria * 75% | $5.969 | $13.927 |
| Hora extra diurna dominical o festiva | Hora ordinaria * 115% | $9.152 | $17.110 |
| Hora extra nocturna dominical o festiva | Hora ordinaria * 165% | $13.131 | $21.089 |
| Recargo nocturno | Hora ordinaria * 35% | $2.785 | $10.745 |
| Recargo dominical o festivo | Hora ordinaria * 90% | $7.162 | $15.120 |
| Recargo nocturno dominical o festivo | Hora ordinaria * 125% | $9.948 | $17.906 |
Desde el 15 de julio al 31 de diciembre de 2026:
Para el periodo comprendido entre el 15 de julio y el 31 de diciembre de 2026, se consolidan los cambios más significativos de la reforma laboral en Colombia. En esta etapa, la jornada laboral máxima se reduce definitivamente a 42 horas semanales y el recargo por trabajo en días de descanso obligatorio (dominicales y festivos) se aplica con la tarifa del 90%.
Debido a que la jornada semanal baja a 42 horas, el divisor mensual para el cálculo de la nómina pasa a ser de 210 horas (7 horas diarias por 30 días). Con un salario mínimo de $1.750.905, el valor de la hora ordinaria aumenta a $8.338 aproximadamente.
A continuación, se presenta la tabla de liquidación para el cierre del año 2026:
| Hora extra o recargo | Calculo | Recargo | Total |
| Hora extra diurna | Hora ordinaria * 25% | $2.085 | $10.423 |
| Hora extra nocturna | Hora ordinaria * 75% | $6.254 | $14.592 |
| Hora extra diurna dominical o festiva | Hora ordinaria * 115% | $9.589 | $17.927 |
| Hora extra nocturna dominical o festiva | Hora ordinaria * 165% | $13.758 | $22.096 |
| Recargo nocturno | Hora ordinaria * 35% | $2.918 | $11.256 |
| Recargo dominical o festivo | Hora ordinaria * 90% | $7.504 | $15.842 |
| Recargo nocturno dominical o festivo | Hora ordinaria * 125% | $10.423 | $18.761 |
Límites legales de las horas extras
Es importante tener en cuenta que, existe un límite legal para las horas extras de acuerdo con el artículo 167A del CST.
- Máximo 2 horas extras diarias.
- Máximo 12 horas extras semanales.
- Cuando la jornada de trabajo se amplíe por acuerdos entre empleadores y trabajadores a 10 horas diarias, no se podrá en el mismo día laborar horas extras.
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La empresa debe llevar un registro del trabajo suplementario de cada persona donde se especifique su nombre, actividad realizada y número de horas diferenciando si son diurnas o nocturnas.
