En el mundo empresarial, la correcta clasificación de los riesgos laborales no es solo un trámite administrativo; es la base para garantizar la seguridad de los trabajadores y la estabilidad financiera de la empresa. Con la entrada en vigencia del Decreto 768 de 2022, Colombia actualizó sus estándares para alinearse con las nuevas realidades del mercado global.

¿Qué es el Decreto 768 de 2022?

Este decreto tiene como objeto principal adoptar la nueva Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales. Esta actualización fue necesaria debido a la globalización de la economía y la incorporación de nuevas tecnologías y procesos productivos que generaron actividades antes no contempladas.

Para su elaboración, el Gobierno tomó como referencia la clasificación CIIU Rev. 4 A.C. (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) adoptada por el DANE, buscando estandarizar los códigos entre entidades públicas y privadas.

¿Para quiénes aplica esta normativa?

Según el Artículo 2 del decreto, la norma es de obligatorio cumplimiento para:

  • Los afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales.
  • Las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL).
  • Los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

Nota: Se exceptúan los trabajadores independientes que se afilien voluntariamente, quienes se rigen por una tabla de ocupaciones específica.

La Resolución 2012 de 2022 y el ajuste en la PILA

Aunque el Decreto 768 definió las nuevas tablas, su ejecución técnica en los pagos de seguridad social requería una transición. El decreto ordenó al Ministerio de Salud y Protección Social modificar la planilla PILA para que los aportantes pudieran cotizar bajo los nuevos códigos. Esta implementación técnica se materializó con la Resolución 2012 de 2022, la cual ajustó los sistemas de información para que las empresas pudieran reportar correctamente su actividad económica y el nivel de riesgo asociado.

Estructura de la Tabla de Clasificación de Actividades Económicas

Es fundamental explicar que la nueva clasificación no es un número al azar. Se compone de un sistema de siete dígitos que permite una identificación exacta:

  • Primer dígito: Especifica la clase de riesgo (del 1 al 5).
  • Dígitos del 2 al 5: Corresponden al Código CIIU (Clasificación Industrial Internacional Uniforme) Versión 4, adaptada para Colombia por el DANE.
  • Dígitos 6 y 7: Identifican la subactividad económica dentro de una misma clase de riesgo.

Paso a paso para la clasificación empresarial

Sección práctica de «Cómo clasificar su empresa correctamente» basada en el anexo:

  1. Identificar el Código CIIU: Debe buscar la actividad económica principal tal como aparece señalada en su Registro Único Tributario (RUT).
  2. Ubicar el código en la tabla: Buscar ese número en la columna «Código CIIU Rev. 4 AC.» del anexo del decreto.
  3. Verificar la descripción final: No basta con el código; el empleador debe leer la Descripción de Actividad Económica Final (cuarta columna) para determinar el «Código Adicional» y confirmar que se ajusta a su operación real.

Importancia de las precisiones en la descripción

Un aporte valioso del anexo es que aclara qué incluye y qué no cada actividad. Por ejemplo, en el sector comercio, especifica si la clasificación incluye o no el autotransporte de la mercancía, un factor que puede elevar o disminuir la clase de riesgo reportada ante la ARL.

Puntos clave para las empresas en 2026

1. Empresas con más de un centro de trabajo

La normativa permite que las empresas que tengan diferentes centros de trabajo puedan tener clases de riesgo distintas para cada uno, siempre que exista una «diferenciación clara en la actividad que desarrolle, en las instalaciones locativas y en la exposición a peligros».

2. ¿Qué pasa si mi actividad no está en la tabla?

Si una actividad específica no aparece taxativamente en la tabla del decreto, la empresa y la ARL deben efectuar la clasificación de acuerdo con la actividad más afín, considerando los materiales, medios de producción y procesos utilizados.

3. Modificación de la clase de riesgo

Si por efecto de esta actualización la clase de riesgo de tu empresa cambió, el Artículo 6 establece que se deberá cotizar por el valor inicial que corresponda a la nueva clase de riesgo, según lo previsto en el Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

Obligaciones de las ARL

Las Administradoras de Riesgos Laborales tienen el deber legal de:

  • Capacitar y asesorar a sus empresas afiliadas sobre la implementación de la nueva tabla.
  • Presentar informes semestrales al Ministerio del Trabajo sobre los resultados logrados en términos de control de riesgos y prevención.

Consecuencias de una mala clasificación

Una clasificación inadecuada puede ser vista por la UGPP como un indicio de evasión o elusión. Si un empleador realiza aportes con un IBC incorrecto o utiliza subtipos de cotizante que no corresponden a la realidad del riesgo, se expone a sanciones y multas. Además, el incumplimiento de las normas de salud ocupacional puede acarrear multas de hasta 500 SMMLV.

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Para asegurar que su empresa esté cumpliendo con el Decreto 768 de 2022, verifique que su código CIIU en el RUT coincida con el reportado en su ARL y en la planilla PILA.